Como algunos han pedido, vamos a intentar resumir todo lo que nos ha llegado sobre este asunto.
Lo primero, he estado buceando en el
ANTIGUO FORO para ponernos en antecedentes... (por cierto, una labor de chinos)...

HILO:
Funcionarios enchufados en Valdepeñas. Descúbrelos.
Autor: Harold el Sab May 22, 2010 11:07 pm
Ayer viernes 22 de mayo de 2010 cuatro procesos selectivos que tendrían que haberse celebrado fueron suspendidos a última hora por "problemas en la composición del tribunal".
Los "problemas" parecen ser que de esos tribunales formaban parte unos funcionarios abogados-TAGS que han sido inhabilitados por los jueces y que deben estar trabajando de forma ilegal. Los procesos selectivos donde ellos actuaran podrían ser declarados nulos por estar ellos. Al parecer esos TAG son unos enchufados que consiguieron sus plazas a dedo, y ahora los jueces les han dejado sin su plaza. Uno de ellos es hijo del Interventor del Ayuntamiento.
Por otro lado he leído en otro tema que "la bolsa de empleo del Punto Limpio ha sido impugnada y se ha expedientado al presidente del tribunal". ¿Alguien sabe quién era ese Presidente y porqué fue impugnada?.
Además, esta semana el PP ha denunciado que el Presidente de otro tribunal, el Técnico de Medio Ambiente de Valdepeñas, alteró la nota de dos opositores para que no fueran suspendidos.
¿Y alguien sabe algo del arqueólogo municipal?. Ese es otro al que los jueces le han quitado la condición de funcionario porque consiguió la plaza con enchufes.
¿Es que Jesús Martín quiere meter en el Ayuntamiento a una panda de ineptos?. ¿Para qué?.
HILO: Funcionarios enchufados en Valdepeñas. Descúbrelos.
Autor: La_Galana el Dom May 23, 2010 7:15 am
Harold escribió:Por otro lado he leído en otro tema que "la bolsa de empleo del Punto Limpio ha sido impugnada y se ha expedientado al presidente del tribunal". ¿Alguien sabe quién era ese Presidente y porqué fue impugnada?.
Además, esta semana el
PP ha denunciado que el Presidente de otro tribunal, el Técnico de Medio Ambiente de Valdepeñas, alteró la nota de dos opositores para que no fueran suspendidos.
A ver, por partes. El PP, que yo también le escuché en la radio, no denunció nada sobre el técnico de medio ambiente, sino sobre un funcionario del tribunal para la oposición del punto limpio. Has mezclado las dos cosas, que en realidad son la misma. Por lo que parece, en las actas de JGL hay algo gordo sobre esa bolsa. Yo no he visto las actas, pero algo hay, porque todos los que hacemos un seguimiento de los documentos públicos que pone el Ayto en la web, sabemos que en esa bolsa había una irregularidad y que se estaban depurando responsabilidades (véase el hilo "Condiciones laborales Ayuntamiento", donde yo misma colgué el acuerdo que hablaba sobre ese tema). Supongo que lo que habrá salido es la resolución de esa investigación. De eso es de lo que hablaba el PP y que no pude escuchar completo y por eso dije, en el hilo que menciono, que si alguien sabía algo más de tema, que lo comentara.
Harold escribió::¿Y alguien sabe algo del arqueólogo municipal?. Ese es otro al que los jueces le han quitado la condición de funcionario porque consiguió la plaza con enchufes.
De esto me han contado algo, pero todavía no se sabe nada públicamente y hasta que no se sepa, no opino.
Harold escribió:Ayer `viernes 22 de mayo de 2010 cuatro procesos selectivos que tendrían que haberse celebrado fueron suspendidos a última hora por "problemas en la composición del tribunal".
Los "problemas" parecen ser que de esos tribunales formaban parte unos funcionarios abogados-TAGS que han sido inhabilitados por los jueces y que deben estar trabajando de forma ilegal. Los procesos selectivos donde ellos actuaran podrían ser declarados nulos por estar ellos. Al parecer esos TAG son unos enchufados que consiguieron sus plazas a dedo, y ahora los jueces les han dejado sin su plaza. Uno de ellos es hijo del Interventor del Ayuntamiento.
Efectivamente, en la página web del Ayuntamiento, en Avisos importantes, hay cuatro bolsas cuyas fechas se han modificado. Una de ellas, la de auxiliar administrativo que se celebraba, el pasado viernes, fecha en la que había un cartel en la puerta de la UNED advirtiendo de la modificación del día del examen por "problemas en el tribunal". No decían qué problemas ha habido con el tribunal, pero yo me hago una pregunta. Si hay problemas con un tribunal, ¿para qué están los suplentes del tribunal? Algo gordo ha debido ser. Para saber algo más, habrá que esperar a que alguien lo diga públicamente.
Bocaseca escribió:Ocultarse bajo un pseudónimo para denunciar algo en un foro está muy "bonito".
No tires por ahí, Bocaseca. Aquí todos somos anónimos. Si no te gusta eso, pues ya sabes, empieza por tí mismo. Esta persona denuncia públicamente en este foro cosas que son vox populi.
Bocaseca escribió:Cuando en un pueblo se convocan unas oposiciones para lo que sea, y hay que nombrar un tribunal, todos conocemos a uno, a otro, o al de la moto, o mi padre a su padre o...y es fácil que los haya recusaciones por parte de unos o de otros para no formar parte del proceso por "amistad" o "enemistad manifiesta", siempre que el presidente del tribunal lo admita.
Cuando se suspenden unos exámenes de oposición no puedes negar que hay algo. No sé si han expedientado a los TAGS, o si ha ocurrido otra cosa, pero la realidad es que las bolsas han sido modificadas por "problemas con el tribunal" y eso, no puede ser sospechoso de ocurrir por "amistad" o "enemistad manifiesta".
En cualquier caso, Bocaseca, si tu sabes qué ha ocurrido en esas bolsas, pues sólo tienes que contárnoslo para que todos veamos lo equivocado que está Harold. ¿Dónde están tus argumentos? ¿En que esta persona ha suspendido un examen? Eso es presuponer mucho, ¿no crees?
Funcionarios enchufados en Valdepeñas. Descúbrelos.
Autor: Harold el Vie May 28, 2010 3:24 pm
Pues no me queda muy claro el asunto.
No sé porqué empapelan a Los Rodríguez. Lo del Técnico de Medio Ambiente está claro, pero no sé porqué a uno que estuvo hablando por teléfono y a otro que dice que no se enteró de la película (Vicente y Juan Rodríguez) les enjaretan también. Les están considerando conniventes y no admiten que mirasen para otro lado.
Aunque, repasando el BOP, vemos que ese Juan Rodríguez, sindicalista y teólogo (muy majo él), también formó parte de otro tribunal que hizo trampas (el del arqueólogo). ¿Le irá chanchulleo?.
Resulta un poco escandaloso que nombren instructor para dar luz a este caso a D. Cecilio, cuyo primer intento de acceso a la Función Pública figura en los repertorios de Jurisprudencia como uno de los casos más claros de desviación de poder y corrupción. Ahora que no es medianoche del sábado (JA, JA, JA!) reproduzco a continuación parte del fallo judicial, desestimando la apelación del Ayuntamiento. Perdón por la extensión, pero es que no tiene desperdicio:
"Tribunal Supremo (Sala 5.ª). Sentencia 11 junio 1986. DESVIACION DE PODER en el Concurso oposición para Jefe de Policía Municipal en Valdepeñas.
El expediente administrativo reveló la concurrencia de una serie de circunstancias y actuaciones que, apreciadas en su conjunto, permiten llegar al convencimiento de que ha existido desviación de poder en el procedimiento de selección para cubrir la plaza de Suboficial-Jefe de la Policía Municipal de Valdepeñas, que en síntesis son:
a) el nombrado don Ambrosio Cecilio M.H. de M. desempeñó el cargo de Concejal del Ayuntamiento de Valdepeñas desde el 19 de abril de 1979 hasta el 24 de marzo de 1983, siendo Concejal Delegado de Policía Municipal y de Tráfico desde el año 1980 hasta su cese como Concejal por renuncia al cargo, aceptada en sesión plenaria celebrada el día anterior a la presentación de la solicitud para tomar parte en dichas pruebas.
b) en el año 1982 se había celebrado otro concurso-oposición para cubrir la expresada plaza, que resultó desierto, formando parte del Tribunal calificador el Concejal referido por su condición de Delegado de Policía Municipal y de Tráfico, acordándose por el Pleno, en sesión de 25 de noviembre del mismo año la celebración de un nuevo concurso-oposición, según propuesta del Concejal Delegado de Policía Municipal y de Tráfico que después había de resultar seleccionado, propuesta a la que se adjuntaban unas bases con significativas modificaciones respecto de las que habían regido en las anteriores pruebas, con el pretexto, según informe de Secretaría, de depurarlas y adaptarlas a la última normativa vigente, que a su vez fueron objeto de una nueva modificación, esta vez con el pretexto de aclararlas, bases y modificaciones aprobadas cuando el que resultó seleccionado estaba desempeñando los cargos reseñados.
c) la base 3ª, apartado c), de los que habían regido en el anterior concurso-oposición exigía, haber estado vinculado por tiempo mínimo de dos años de servicios a las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Nacional o Municipal, en tanto que las nuevas bases exigían únicamente veinte meses de servicios en las mismas instituciones, exigencia de plazo que se suprime en la posterior modificación, incluyendo expresamente la prestación de servicios en la Cruz Roja, acreditándose por don Ambrosio Cecilio M.H. de M. que había prestado veintidós meses de servicios como soldado en un destacamento de la Cruz Roja y seis meses como premilitar;
d) en la misma base, apartado g), del anterior concurso-oposición, se exigía que los aspirantes estuviesen en posesión de título de enseñanza media, añadiéndose en las nuevas bases «o equivalente», y en la modificación aprobada el 30 de diciembre de 1982 la exigencia se refiere expresamente a título de enseñanza media, profesional o equivalente, que también supone la correspondiente modificación del número 2º de la base decimosegunda, justificando don Ambrosio Cecilio M.H. de M. que había cursado y aprobado los estudios de Oficialía y Maestría Industrial en la rama eléctrica, no acreditando que tuviese la titulación en enseñanza media exigida en el anterior concurso-oposición.
e) la anterior base décima consideraba méritos, en el apartado d), haber prestado o estar prestando servicios en Valdepeñas o en otros municipios españoles con población igual o superior a Valdepeñas como miembro de la Policía Municipal, al que se concedió la valoración máxima de un punto, y con 0,50 puntos, en el apartado e), por haber prestado otros servicios de Policía en este Ayuntamiento o en municipios de igual o superior población a Valdepeñas, desapareciendo en las bases del nuevo Concurso-oposición el mérito previsto en el apartado e) y estableciendo un contenido distinto para el apartado d), que se modifica sustancialmente, al valorar como mérito la prestación de servicios en cuerpos voluntarios, tales como Bomberos, Cruz Roja, etc., acreditando el Concejal que después fue seleccionado, además de los servicios prestados en la Cruz Roja antes aludidos, que formó parte del Cuerpo Voluntario del Servicio Municipal de Extinción de incendios de Valdepeñas desde el mes de mayo del año 1979 hasta, por lo menos, el 18 de febrero de 1983, fecha de expedición de la certificación incorporada a las actuaciones.
f) en la base primera, apartado j), de las aprobadas para la previsión de plazas vacantes de guardias de la Policía Municipal de dicha Corporación, se exigía hallarse en posesión de permiso de conducir de las clases A2 o B, que en cambio no se requiere para optar a la de Suboficial-Jefe de la misma Policía Municipal, pese a que la mitad de los temas del tercer ejercicio se refieren a materia de circulación y a que después se le requiere, por acuerdo plenario de 30 de julio de 1984, para la obtención del mismo en un plazo de tres meses, siendo titular del clase B-1 desde el 8 de octubre de 1984.
g) en el primer ejercicio de la fase de oposición, excepto un aspirante que no superó una de las cuatro pruebas, al que le fueron otorgados cinco puntos, los otros seis aspirantes, extrañamente, fueron calificados con la misma puntuación de siete.
h) la primera de las dos preguntas del segundo ejercicio se formuló bajo el epígrafe de «Organización municipal en general», dedicando el aspirante dos folios íntegros a exponer el procedimiento electoral, que no es propiamente materia de la pregunta, con unos esquemas que no reflejan la distinción fundamental entre órganos políticos, decisorios o de gobierno y los administrativos, con errores importantes puesto que el alcalde no resulta nombrado directamente por los electores, sino por los concejales, en elección, llamada de segundo grado, ejercicio que no obstante se califica con 7,30 puntos, valoración en general muy superior a la concedida a los demás aspirantes.
i) el tercer ejercicio consistió, según la base octava, en la redacción de un informe con propuesta de resolución sobre dos supuestos prácticos, valorándose la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones, así como el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente; pues bien, en el primero de los supuestos, sobre la cuestión referente a la falta de licencia de apertura de un local comercial, materia de específica competencia municipal, no se formuló conclusión alguna o propuesta de resolución, ni se expone la normativa vigente de aplicación a dicho supuesto, y en el segundo de los formulados por el Tribunal calificador, la cuidada presentación y perfección del croquis no tienen la adecuada correspondencia en el informe elaborado, puesto que el supuestamente fallecido es el usuario y no el conductor, no se plantea con la debida claridad la circunstancia importante de si las vías públicas por las que circulaban los vehículos eran o no de dirección única son difícilmente inteligibles las bases que sirven de soporte a las conclusiones obtenidas cuando se afirma «considerando el parecer del estado del conductor y por la forma de conducir, o sea, por la dirección contraria al sentido de su marcha», omitiéndose en cambio la norma fundamental establecida en el Código de Circulación que obliga a ceder el paso a los vehículos que confluyen por la derecha, en el sentido de la marcha, excepto en los casos de señalización o indicación en contrario de los agentes de Tráfico, lo que en principio puede ser disculpable en quien carece de permiso de conducción, pero inaceptable para el que ha de tener el mando de una Policía con amplias competencias en materia de circulación, ejercicio también calificado con la mejor de las puntuaciones concedidas.
Como consecuencia de todo lo expuesto fue procedente para el TS revocar la sentencia apelada, rechazar los motivos de inadmisibilidad del recurso alegados y, con estimación parcial del mismo, declarar la nulidad de la totalidad del procedimiento de selección seguido en el Ayuntamiento de Valdepeñas para cubrir la plaza de Suboficial-Jefe de la Policía Municipal, por consiguiente también del acuerdo municipal que nombró para dicha plaza a don Ambrosio Cecilio M.H. de M., por apreciarse la existencia de desviación de poder.".
Madre santa del amor hermoso; leyendo ésto queda claro que el resultado de la instrucción puede ser cualquier cosa.

Enlace del hilo en cuestión:
http://valdepenas.foroportal.es/foro/fu ... arqueologo